martes, 29 de noviembre de 2011

¿ Qué significan los siguientes términos ?

  • CONVENIO COLECTIVO: Un convenio colectivo es un acuerdo entre representantes de las empresas como los representantes de los trabajadores como resultado de una negociación colectiva en materia laboral. Mediante un convenio colectivo, empresarios y trabajadores regulan las condiciones de trabajo y productividad, y como contrapartida se pactan una serie de obligaciones recíprocas que acuerdan una paz laboral.
    Los convenios colectivos obligan a empresarios y trabajadores afectados dentro de su ámbito de aplicación por el mismo durante todo el periodo de vigencia del mismo. Para delimitar los ámbitos de aplicación, tenemos que diferenciar siempre qué convenios son empresariales o interempresariales por ámbito de aplicación geográfica.
  • DESCANSO SEMANAL: El descanso semanal es la interrupción periódica de la prestación del trabajo durante un día y medio a la semana.
  • TRABAJO DIURNO Y NOCTURNO: El trabajo diurno es aquel que se realiza por el día y el nocturno es aquel que se realiza por la noche.

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